TL;DR datos clave 2026
- IPREM: 600€/mes.
- SMI: 1184€/mes.
- Familias: 26 familias de prestaciones.
- Niveles: 3 niveles de ayudas.
- Cursos: Duración de 200 a 1200 horas.
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- Asistencia: Mínimo del 75% requerido.
- FUNDAE: Financiación variable según tamaño de empresa.
Resumen rápido (TL;DR)
<\!-- /wp:heading --> <\!-- wp:list -->- Guía completa: Dimisión con causa: cuándo la empresa te fuerza a irte y tienes d. Requisitos, inscripción y toda la información sobre formación oficial del SEPE en 2026.
Ultima actualizacion: 12 de abril de 2026
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Dimisión con causa: cuándo tienes derecho al paro al irse voluntariamente
Una de las dudas más frecuentes entre los trabajadores españoles es si es posible cobrar el paro después de dimitir. La respuesta general es no: la baja voluntaria no da derecho a prestación por desempleo. Sin embargo, existen situaciones de dimisión con causa justificada que sí permiten acceder al paro, e incluso a una indemnización.
Qué es la dimisión con causa
La dimisión con causa, también llamada resolución del contrato por voluntad del trabajador con causa justificada, está regulada en el artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores. Permite al empleado abandonar la empresa con los mismos derechos económicos que si hubiera sido despedido improcedentemente: indemnización de 33 días por año trabajado y acceso a la prestación por desempleo.
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Causas que justifican la dimisión con derecho a paro
El artículo 50 del ET establece las siguientes causas que justifican la dimisión con causa:
- Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo que redunden en perjuicio de la formación profesional o en menoscabo de la dignidad del trabajador (art. 41 ET).
- Falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado.
- Incumplimiento grave de las obligaciones por parte del empresario, salvo los supuestos de fuerza mayor.
- Acoso moral, sexual o por razón de sexo.
Proceso para ejercer la dimisión con causa
- Documentar fehacientemente el incumplimiento empresarial (nóminas no pagadas, burofax, emails, etc.).
- Presentar demanda ante el Juzgado de lo Social solicitando la extinción del contrato con causa.
- Obtener sentencia favorable que reconozca la causa y ordene la extinción con indemnización.
- Solicitar la prestación por desempleo al SEPE en el plazo de 15 días hábiles desde la resolución.
Dimisión voluntaria sin causa: qué alternativas tienes
Si no concurre causa justificada del artículo 50 ET pero quieres dejar la empresa, existen otras vías:
- Negociar un despido pactado: Acordar con la empresa una extinción por mutuo acuerdo con las condiciones que pactes.
- Solicitar excedencia voluntaria: Para mantener el vínculo laboral mientras buscas nuevas oportunidades.
- Esperar a ser despedido: Si la situación es insostenible, a veces es mejor esperar a que sea la empresa quien extinga el contrato.
Cursos SEPE disponibles si pierdes el empleo
Si finalmente cobras el paro, ya sea por dimisión con causa, despido o fin de contrato, tienes derecho a acceder a los cursos de formación gratuita del SEPE. Esta formación es compatible con la prestación por desempleo y cuenta como búsqueda activa de empleo.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para demandar a la empresa por dimisión con causa?
El plazo de prescripción para interponer la demanda por extinción del contrato al amparo del artículo 50 ET es de un año desde el incumplimiento empresarial. Pasado ese plazo, el derecho puede prescribir.
¿Necesito abogado para la dimisión con causa?
Para presentar la demanda judicial sí necesitarás la asistencia de un abogado laboralista. Sin embargo, algunos sindicatos ofrecen asesoramiento gratuito a sus afiliados en estos casos.
¿La empresa puede impugnar la dimisión con causa?
Sí. La empresa puede alegar en juicio que no concurre la causa invocada. El juez determinará si la causa está acreditada y, en caso afirmativo, ordenará la extinción indemnizada del contrato.
Información actualizada a marzo de 2026. Esta información tiene carácter orientativo. Para casos concretos consulta con un abogado laboralista.
Recursos para trabajadores en situaciones laborales complejas
Si te encuentras en una situación de incumplimiento empresarial grave, estos son los recursos disponibles:
- Inspección de Trabajo: Puede investigar y sancionar incumplimientos laborales del empleador. Denuncia gratuita y confidencial.
- Sindicatos: Ofrecen asesoramiento jurídico gratuito a sus afiliados en conflictos laborales.
- Turno de oficio del Colegio de Abogados: Para personas sin recursos económicos que necesiten representación legal.
- SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación): Trámite previo obligatorio antes de la demanda judicial en conflictos laborales.
Si finalmente pierdes o dejas el empleo, recuerda que puedes acceder a los cursos de formación gratuita del SEPE para mejorar tu empleabilidad mientras cobras el paro.
Cuándo se considera que la empresa te fuerza a dimitir
La dimisión con causa, también conocida como extinción del contrato por voluntad del trabajador justificada, está regulada en el artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores. Permite al trabajador extinguir su contrato con derecho a indemnización y a prestación por desempleo cuando la empresa ha incurrido en determinadas conductas graves. No es una dimisión voluntaria ordinaria: es una decisión forzada por el incumplimiento grave del empresario.
Causas que justifican una dimisión con causa
- Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo que redunden en perjuicio de la formación profesional o menoscaben la dignidad del trabajador.
- Falta de pago o retraso continuado en el pago del salario: los tribunales suelen exigir al menos dos o tres meses de impago o retrasos reiterados.
- Cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones del empresario, salvo los supuestos de fuerza mayor.
- Acoso laboral o sexual: reconocido jurisprudencialmente como causa suficiente para la extinción indemnizada.
Consecuencias laborales y prestaciones a las que tienes derecho
Si el juez estima que concurren las causas del artículo 50 ET, tienes derecho a una indemnización equivalente a la del despido improcedente: 33 días de salario por año trabajado (con un máximo de 24 mensualidades para contratos posteriores a febrero de 2012). Además, tienes derecho a acceder a la prestación por desempleo, ya que no se considera una dimisión voluntaria sino una extinción involuntaria del contrato. Es imprescindible interponer demanda judicial antes de dejar de trabajar, o hacerlo de forma simultánea.
Pasos a seguir antes de presentar la dimisión con causa
- Documenta todos los incumplimientos del empresario: correos, nóminas, modificaciones unilaterales por escrito.
- Consulta con un abogado laboralista antes de actuar: el procedimiento judicial es imprescindible y los plazos son importantes.
- Considera presentar una papeleta de conciliación previa ante el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación).
- Si el acuerdo no es posible, presenta la demanda judicial ante el Juzgado de lo Social.
- Mientras el proceso está en curso, puedes seguir trabajando o dejar de hacerlo: consulta con tu abogado cuál es la mejor estrategia en tu caso.
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Datos verificados 2026
- El IPREM se establece en 600€ mensuales, siendo un indicador clave para determinar prestaciones y ayudas (fuente: sepe.es).
- El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) se fija en 1184€ al mes, impactando en el cálculo de indemnizaciones por despido (fuente: BOE).
- Existen 26 familias de prestaciones que abarcan diversas situaciones laborales y sociales, facilitando el acceso a ayudas (fuente: sepe.es).
- Los cursos de formación pueden variar entre 200 y 1200 horas, adaptándose a las necesidades del mercado laboral (fuente: RD 34/2008).
- Las prácticas de 80 horas son un requisito en muchos programas de formación, garantizando la experiencia práctica (fuente: RD 659/2023).
- Se exige una asistencia mínima del 75% para la obtención de certificados en formación, asegurando el compromiso del alumno (fuente: Ley 30/2015).
- La financiación de la formación a través de FUNDAE varía según el tamaño de la empresa, con un porcentaje que oscila entre el 50% y el 100% (fuente: FUNDAE).





